La Comisión de Hacienda del Senado favorece aumentar el umbral del precio de la vivienda de bajo costo

Fecha de publicación 20 julio, 2021

COMISION HACIENDA

Santo Domingo.- La presidenta de la Comisión Permanente de Hacienda del Senado de la República, Faride Raful (Distrito Nacional); informó que rendirá informe favorable al proyecto de Ley que modifica el artículo 129 y los párrafos I, II y III de artículo 131 de la Ley 189-11, para el desarrollo del mercado hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana, que eleva el precio de venta de las viviendas de bajo costo, de 3 millones 500 mil a 4 millones 500 mil pesos.

Raful consideró que esta iniciativa impactará de manera positiva a la familia dominicana, por los beneficios que promete a los nuevos adquirientes. 

“Esta  Ley abre nuevas oportunidades para adquirir una vivienda de bajo costo,  ofreciendo un margen mayor para los adquirientes de la primera vivienda y la exención del pago del impuesto de transferencia y del impuesto de transferencia de bienes industrializados y servicios (ITBIS)”, señaló la legisladora.

Este proyecto tiene el objetivo de  modificar la Ley para el desarrollo del mercado hipotecario y el y el Fideicomiso en la República Dominicana 189-11, del 16 de julio 2011, para aumentar el valor de referencia de las viviendas de bajo costo y eximir del pago de impuesto de transferencia inmobiliaria a aquellos adquirientes de primera vivienda a través de fideicomisos.  

Esta iniciativa  señala en su artículo 129 que los proyectos de viviendas de bajo costo son proyectos habitacionales con participación de los sectores público o privado, cuyas unidades tendrán precio de venta igual o inferior a 4 millones 500 mil pesos, monto que será ajustado anualmente por la inflación, conforme a las disposiciones del artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana, mediante los cuales se facilita el acceso de la familia a una vivienda digna.

Refiere que los proyectos de bajo costo podrán beneficiarse del desarrollo y aplicación de los instrumentos legales, financieros y fiscales previstos en la presente ley, a fin de incrementar los recursos disponibles para su financiamiento o infraestructura.

Esta indica en su párrafo primero que cuando esta sea primera vivienda, tendrán derecho a recibir un bono para vivienda equivalente al valor correspondiente del cálculo sobre la base del costo estándar de materiales y servicios sujetos al impuesto de transferencia de bienes industrializados (ITBIS), pagado durante el proceso de construcción de la vivienda. El mismo será  determinado por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI).

Este proyecto remitido por el Poder Ejecutivo dice en   en el párrafo segundo que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) financiará los bonos entregados del Fondo Especial de Reembolsos Tributarios constituido en el artículo 265 del Código Tributario de la República Dominicana y sus modificaciones.

En tanto que el en su tercer párrafo de la Ley 129 indica que los adquirientes de la primera vivienda a través de su Fideicomisos de la Vivienda de Bajo Costo debidamente acreditados por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), quedarán exentos del pago de transferencia para el traspaso de bienes e inmuebles al momento de completar el pago del inmueble. 

En los trabajos de este martes los senadores también analizaron hasta el artículo 3 de la Ley que regula el patrimonio empresarial del Estado, los Fideicomisos y crea el Centro Nacional de Empresas y Fideicomisos Públicos (CENEFIP).

Además de Raful, asistieron a la reunión los senadores Alexis Victoria (María Trinidad Sánchez); Antonio Marte (Santiago Rodríguez); Eddy Nolasco (Valverde); Franklin Peña (San Pedro); y José Del Castillo Saviñón (Barahona).

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